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Los causantes de un accidente de tráfico en el que haya victimas mortales, serán acusados de homicidio imprudente

Hasta ahora, los causantes de un accidente de tráfico en el que hubiera habido víctimas mortales, no eran acusados por la Fiscalía de un delito de homicidio imprudente, salvo casos excepcionales. Sin embargo a partir de agosto de 2011, la Fiscalía de Seguridad Vial, va a cambiar el criterio y acusará de un delito de:

a) Homicidio imprudente, siempre que haya habido víctimas mortales en un accidente de tráfico.
b) Lesiones imprudentes, cuando haya habido heridos graves en un accidente de tráfico.

El delito de Homicidio imprudente está castigado en el código penal con una pena de uno a cuatro años de prisión, y el de Lesiones imprudentes con una pena de entre tres meses y tres años de prisión.

Estos nuevos criterios serán aplicados tanto por la Guardia Civil, como por los Mossos d Esquadra, la Ertzaintza y los Fiscales.

La Fiscalía tendrá en cuenta una serie de criterios a la hora de realizar dichas imputaciones como por ejemplo, conducir con una tasa de alcohol en aire de 2,5mg, conducir con un exceso de velocidad de mas de 30Km/ hora por encima del límite de 120 Km/h, o que haya invasión de la calzada contraria.

Por todo ello, en caso de tener la mala suerte de verse envuelto en un accidente de los referidos, será más importante que nunca estar bien asesorado.

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